Porque El derecho penal tiene un carácter subsidiario

La intervención penal del estado ha de ser el último recurso; la última ratio.
Sólo resulta admisible recurrir a la pena o medida de seguridad cuando las demás formas de reacción con que el derecho cuenta contra lo ilícito (medidas civiles, administrativas,etc) han resultado insuficientes.
Es decir, además de proteger sólo ciertos valores o bienes jurídicos, el derecho penal sancionará los atentados más graves y flagrantes contra ellos.